La legislación cooperativa en Perú
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Fecha
2009
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Editor
Alianza Cooperativa Internacional para las Américas
Resumen
Descripción
El antecedente normativo de mayor importancia se encuentra en el Código de Comercio de 1902, que con algunas pequeñas modificaciones resultó siendo prácticamente una copia del Código de Comercio Español de 1885. Dicho cuerpo normativo señaló en su Artículo 132º, que las Cooperativas (de producción, de crédito o de consumo) sólo serían consideradas como sociedades mercantiles y quedaban sujetas a las disposiciones de dicho Código, (...) cuando se dedicaren a actos de
comercio extraños a la mutualidad, o se convirtieran en sociedades a prima fija Como puede observarse, el Código de Comercio consideró o asimiló a las Cooperativas como entidades dedicadas a la mutualidad; y que solamente serían consideradas sociedades mercantiles si realizaban
actos de comercio.